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Bicicletas. Todo regulado
La reforma del Reglamento de Circulación establece los límites, prioridades y prohibiciones para
los ciclistas
José Luis Álvarez I Madrid / 1 febrero 2015
Dos ciclistas, en plena
ciudad Dos ciclistas, en
plena ciudad / ARCHIVO
La reforma del Reglamento
de Circulación por fin
unifica criterios sobre por
donde deben ir las
bicicletas. No es a gusto de
todas las partes implicadas y
deja a los ayuntamientos
potestad para qne en sns
ordenanzas mnnicipales
pnedan inclnir preceptos
obligatorios, como es el
timbre, qne en la ley solo
aparecen como elemento de
aviso.
El texto qne espera la aprobación definitiva del Consejo de Ministros antes de sn entrar en vigor, pasados
tres meses, establece qne en las vías nrbanas podrán circnlar por el centro del carril cuando no impidan sn
adelantamiento. Estos echará por tierra las ordenanzas de algnnas cindades qne las obligan a ir por la
orilla del carril, lo qne hace a los ciclistas menos visibles.
Para adelantar a nna bicicleta hay qne dejar nna distancia de metro y medio de separación lateral,
respetando siempre la línea contínna.
Una medida mny criticada del Reglamento es qne las bicis serán sancionadas al circnlar por aceras, a no
ser qne el ciclista tenga menos de 14 años. En este caso deberán ir a 10 km/h y siempre tendrán
preferencia los peatones. Eos menores podrán ir acompañados por nn adnlto también en bici.
Sin embargo, los peatones no podrán caminar por los carriles habilitados para bicicletas, salvo para
cmz arlos.
El Reglamento también especifica qne la velocidad máxima para la bici será la qne “permita mantener el
control” de la misma, en todo caso sin snperar los límites establecidos en la vía por la qne circnle.
Para snbsanar lo qne ya es práctica de mnchos ayuntamientos, las bicicletas podrán ir en sentido contrario
a la circnlación, siempre por nn Ingar delimitado. Este es el caso del carril-bici qne recorre parte de la
calle de Alcalá, en Madrid, entre Gran Vía y la plaza de Cibeles.
Otra novedad, qne no gnsta mncho a los nsnarios dadas las restricciones, es qne las bicicletas podrán
llevar remolqnes y semirremolqnes. También se podrá transportar en nn sillín especial a nn menor de
hasta siete años.
El casco, obligatorio para los menores de 16, tal como marcó la ley, en todas las vías. Sobre el casco ya
no existen excepciones de nso.
Cnando las condiciones de visibilidad sean redncidas, las bicicletas ntilizaron dispositivos de ilnminación
y el ciclista chaleco reflectante.
Como ya ocnrre en las cindades enropeas, donde la bicicleta es nn vehícnlo ordinario de transporte, las
bicis abandonadas podrán ser retiradas y trasladadas al depósito mnnicipal. | |