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IDTítuloÁmbitoAño 
558 Anexo II. Declaración de Con Bici coordinadora en defensa de la bici.
Autoría: ConBici
Fuente: A Coruña: 11-10-1997.
Formato: DIG/PAPEL
Idioma: Castellano
Etiqueta: Normativa y jurisprudencia, Estudios
España 1997
Extracto del fichero OCRANEXO II DECLARACION DE CON BICI COORDINADORA EN DEFENSA DE LA BICI A Coruña, 11 de octubre de 1 997 ConBici COORDINADORA EN DEFENSA DE LA BIG N.J.F. : G.95,314.323 DECLARACIÓN de ConBici, Coordinadora en Defensa de la Bid En su Asamblea General celebrada el día 11 de octubre de 1997 en La Coruña, las entidades y asociaciones que integran la Coordinadora en Defensa de la Bici, ConBici, han acordado lo que a continuación EXPONEMOS Manifestamos nuestra firme oposición a la propuesta de imponer la obligatoriedad del uso del casco para ciclistas en vias interurbanas, tal como ya aparecía en el informe de la ponencia del Congreso sobre este tema, por los siguientes motivos: 1. Si la modalidad más arriesgada del uso de la bicicleta, la carrera profesional, queda exenta de la obligatoriedad del casco, es un absurdo sin sentido pretender obligar a los demás usuarios a llevar casco, alegando motivos de seguridad, 2. Si las carreras profesionales son reglamentadas en régimen intemo, las salidas organizadas lo son por el dub o federación organizadora y las excursiones de ios niños por sus padres, no hay necesidad ulterior de una medida legislativa. 3. Según datos oficiales de la Dirección General de Tráfico, la mayoría de ciclistas muertos han sido verdaderamente “abatidos' por un automóvil cuando circulaban por carreteras anchas, en condiciones de buena visibilidad y en tramos rectos, sin que el ciclista haya cometido ninguna infracción. También señala la DGT que el impacto de un coche a 46,5 Km/h libera una fuerza capaz de elevar al ciclista a la altura de un 13' piso, tras lo cual la cuestión de si llevaba o no llevaba casco es irrisoria. 4. El casco no evita ningún accidente. Mientras, según un estudio de la Unión Europea, una disminución de la velocidad de los automóviles en tan solo 5 Km/h reduciría la mortalidad en carretera en un 25%. 5. En cuanto que puede paliar las consecuencias de un accidente, el casco es tanto o incluso más eficaz para los ocupantes de los coches y, sobre todo, los peatones, ya que uno de cada 4 peatones accidentados en las carreteras españolas muere, según datos de la DGT. En números absolutos, el uso del casco puede salvar muchas más vidas de automovilistas - que, por cierto, tienen obligación de llevarlo en carreras profesionales - que de ciclistas. 6. Está igualmente demostrado que, en su totalidad, los beneficios del ciclismo moderado para la salud de la persona, para el medio ambiente, y para el presupuesto de la Sanidad pública superan con creces ios riesgos y costes de un accidente. 7. El gobierno de Dinamarca lia decidido recientemente, a la vista de estos y otros argumentos, que descarta cualquier obligatoriedad del casco para ciclistas. En ningún país de la UE el casco es obligatorio para el ciclismo no profesional. 8. Donde el uso del casco es obligatorio, por ejemplo en Australia y Nueva Zelanda, ha bajado como consecuencia de esta medida eJ número de ciclistas en un 30 a 40%, mientras sólo ha bajado muy ligeramente o incluso se ha mantenido ei número de lesiones graves a la cabeza registradas en accidentes. Durante este tiempo, también han bajado más del 30% las lesiones a la cabeza de los peatones - que no están obligados a llevar casco - pero ello ha ocurrido gracias a tas campañas contra la alcoholemia y el exceso de velocidad de los automovilistas. 9. Ei Tribunal Supremo del Territorio Capital de Australia ha reconocido que ei hecho de que ahora haya menos ciclistas sin que haya bajado la tasa de accidentes comporta para la persona que sigue usando la bicicleta un riesgo incrementado de ser víctima de un accidente. Con lo cual es insostenible la obligatoriedad del casco como elemento pana aumentar la seguridad vial de Jos ciclistas. 10. En caso que se impusiera la obligatoriedad del casco para ciclistas sería inevitable la existencia de actitudes individuales y quizá también colectivas de desobediencia civil ante dicha medida, cosa que no redundaría en beneficio de la seguridad vial ni de su imagen ante la opinión pública. Por todo eílo, SOLICITAMOS Que se atienda a nuestro razonamiento y que se descarte fa obligatoriedad del casco para ciclistas, tanto para vías urbanas como interurbanas. Estamos a su disposición para ampliarle esta y otra información relacionada con el uso de la bicicleta y la seguridad vial para ciclistas. En La Coruña, a 11 da octubre de 1997. Francisco M. García 52261189 A Contramano (Sevilla) Antonio González 50429241 PadalihrejMedt HilJeg¡ ÛA legdrtFRasinaer X-0/ IW¿0=V1 Amies de la Bici (Barcelona) Edorta Bergua Jiménez 15970091 Kalapie ÍSsnvSebastián) ÍOjti4. _ Manuel OrtlZTPrzarate 12398494 Asamblea Ciclista de Valladolid EduardtfEsfëîïâ Raval 23131620 Pedalea (Zarac o Astigarraga Arancibia 29145346 Óscar Sua 10907378 Colectivo de Ciclistas de la Comarca de Pamplona Agrup. de Mensajeros en Bicicleta (Córdoba) ;oiectivp de Ciclista! VírtbrGuerra 10795514 Tropphacadenas (Gijón) Ma RosaricTTlebas lroz^9153917 KEA (Pamplona) $ús A. Sánchez García-Tizón 32810016 La Coruña en Bid José Ma Federa Utilizad' Caetano 1215618 portuguesa de Cicloturismo e j|a (Lisboa)